Créditos al Constructor
Es una modalidad de crédito ofrecida para el financiamiento de proyectos de desarrollo de unidades habitacionales.
Condiciones Especiales
- Anticipo de hasta el setenta por ciento (70%) del valor del terreno, el cual debe estar totalmente pagado.
- El Banco financia hasta el ochenta por ciento (80%) del valor de construcción del desarrollo, verificado según el presupuesto de la obra y siempre que no exceda de la relación préstamo-garantía, la cual debe ser por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) del valor del inmueble.
- Se exige fianza laboral y fianza de buena garantía de la obra por el diez por ciento (10%) del monto del préstamo.
- El resto del crédito se liquida contra valuaciones y del monto liquidado de cada valuación se resta la comisión flat y los intereses adeudados hasta la fecha.
- Se exige seguro de todo riesgo de construcción.
- El cronograma de la obra debe evidenciar que será ejecutada como máximo en dos (2) anos.
- Las valuaciones deben ser presentadas al menos mensualmente.
- El plan de ventas será aprobado por el Banco.
- El constructor debe obligarse, en primer lugar, a la construcción de los servicios públicos.
- El Banco tiene derecho a designar los ingenieros inspectores, cuyos honorarios serán pagados por el cliente.
Características
- Tasa de interés:
Si son viviendas para familias cuyos ingresos sean menores a los referidos en la Ley Especial de Protección al Deudor Hipotecario de Vivienda, se aplicará la tasa de interés fijada para el sector hipotecario. De lo contrario, se aplicará la tasa de interés fijada por el Banco para préstamos comerciales. - Pago de capital:
capital del anticipo será pagado con el precio de las pre-ventas. El préstamo se paga con la venta de las unidades habitacionales; los montos obtenidos por la venta de las unidades habitacionales se utilizan para pagar la alícuota de capital que le corresponde y los intereses totales que a la fecha se adeuden. - Pago de intereses:
Pagado de manera mensual - Plazos:
El plazo máximo será hasta de 36 meses. - Comisión Flat:
Hasta 3% sobre el monto del crédito. - Pre-cancelación:
El crédito podrá ser pre-cancelado sin penalización. - Amortizaciones extraordinarias:
El crédito podrá recibir amortizaciones extraordinarias sin penalización.
Garantías
Las garantías aceptables según el caso podrían ser:
- Garantías Personales: Fianzas o Avales.
- Hipoteca Inmobiliaria.
- Hipoteca Mobiliaria.
- Prendarías.
- Títulos Valores - Certificados de depósitos.
- Cesión de Contrato.
- Facturas.
- Fiduciaria.
- Otro tipo de garantía.
Documento
Documento de Préstamo a Constructor.



