Prevención de Legitimación de Capitales
Sabía Usted que...
La legitimación de capitales como proceso que utiliza el crimen organizado trata de dar apariencia de licitud a capitales cuyos orígenes provienen de un conjunto de actividades ilegales, generando efectos perversos en la economía de un país, pudiendo alterar el normal desarrollo de las siguientes variables macro-económicas:
- Inflación
- Tasas de Interés
- Reservas Internacionales
- Liquidez Monetaria
- Tipo de Cambio
- Riesgo País
- Entre otras
Las Consecuencias
De la legitimación de capitales en el plano social son incalculables, cuando observamos que el tráfico, consumo y distribución de drogas se acerca cada día más a nuestros niños, adolescentes y jóvenes en las escuelas, liceos, universidades, núcleos familiares o simplemente en las zonas de residencia, que según estadísticas oficiales reflejan un incremento considerable en los casos de fármaco dependientes, quienes en su mayoría se inician en el mundo de las drogas por curiosidad o bajo presión del núcleo social.
En tal sentido, unamos esfuerzos para que la sociedad venezolana, no se desborde por los efectos negativos que generan los mercados de psicotrópicos y de estupefacientes, a consecuencia de la ingenuidad y utilización de nuestros pueblos.
En Venezuela
Existe un marco legal que rige la prevención de la legitimación de capitales en el Sistema Financiero, compuesto por los siguientes instrumentos:
- Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Estupefacientes y Psicotrópicas, (LOCTICSEP), publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 5789 de fecha 26 de octubre de 2005.
- Resolución 185-01 de fecha 12 de septiembre de 2001 emitida por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN), publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 37.287 de fecha 20 de septiembre de 2001.
- Normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN).
- Providencia 1.150 de fecha 01 de octubre de 2004 emitida por la Superintendencia de Seguros.
- Resolución 178.2005 de fecha 16 de diciembre de 2005, emitida por la Comisión Nacional de Valores.
- Resoluciones emitidas por la Junta de Emergencia Financiera y el Banco Central de Venezuela acerca de las actuaciones de los operadores cambiarios fronterizos.
- Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada (LOCDO), publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela 5789 de fecha 26 de octubre de 2005.
- Leyes, Convenios y Acuerdos Internacionales en la materia.
En BanValor Banca Comercial, C.A.
Nos preocupamos por brindarle el mejor servicio financiero garantizándole atención, seguridad, clase y la distinción que Usted se merece y en tal sentido, lo invitamos a que sea un aliado estratégico en el ámbito de la prevención y control de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y del tráfico y consumo de drogas, toda vez que su participación como actor comercial de nuestra organización o como sujeto económico independiente de ésta, nos obligan a trabajar unidos cada vez más para que las actividades ilícitas que promueve la delincuencia organizada transnacional, no perturben el buen nombre y reputación de nuestras empresas y generen mayores desequilibrios sociales, violencia y la destrucción de naciones.
Nuestra Misión
Cultivar relaciones de alto valor para nuestros clientes, manejando información estratégica para ofrecerles productos y servicios financieros adecuados y confiables. Mantener la trayectoria de excelencia para maximizar el patrimonio de nuestros relacionados, apoyándonos en tecnología de punta y un equipo profesional capacitado y comprometido.
¿Cómo Usted puede contribuir?
Trabajando en conjunto en apego a la normativa legal para proteger a Banvalor Banco Comercial, C.A. del manejo de fondos clandestinos, para lo cual es menester que al momento de solicitar el servicio en ésta Institución consigne los siguientes recaudos relacionados a la Política Conozca su Cliente.
Personas Naturales:- Fotocopia de la cédula de identidad o pasaporte para personas naturales extranjeras no residentes.
- Motivos por los cuales solicita los servicios de la Institución y uso que dará a la cuenta.
- Constancia de Trabajo.
- Dirección y teléfono de domicilio.
- Monto estimado promedio mensual en los cuales movilizará la cuenta.
- Profesión u oficio.
- Ocupación.
- Monto del salario y otros ingresos mensuales.
- Referencias bancarias (excepto para las personas que abren cuentas bancarias por primera vez), comerciales y/o personales.
- Cuentas u otros productos que posee en la Institución.
- Necesidad de recibir o enviar regularmente transferencias desde o al exterior de la República, indicar el país de origen o de destino.
- Huella dactilar del dedo pulgar de la mano derecha, o en su defecto el de la mano izquierda, siempre que sea posible, de los clientes con firma autorizada en la cuenta.
- Recibo de servicio público(Agua, luz, teléfono, gas).
- Motivo por los que solicita los servicios de la Institución y uso que dará a la cuenta.
- Nombre o razón social de la empresa.
- Dirección y número de teléfono.
- Empresas relacionadas.
- Volumen de ventas mensuales y de depósitos a realizar en efectivo o cheques.
- Si espera recibir o enviar transferencias desde o al exterior de la República, indicando el país de origen o de destino.
- Número del Registro de Información Fiscal (RIF) o Registro de Firma Personal (RFP).
- Actividad profesional, comercial o industrial y los productos o servicios que ofrece.
- Identificación de las personas naturales a través de las cuales se mantienen las relaciones financieras con el banco.
- Documentos constitutivos de la empresa, sus estatutos sociales y modificaciones posteriores debidamente registrados. Si se trata de una empresa no domiciliada en el país, dichos documentos deben estar legalizados por el consulado de la República Bolivariana de Venezuela en el respectivo país y traducidos al idioma castellano.
- Declaración Jurada de Origen y Destino de Fondos.
- Última Declaración de Impuesto Sobre la Renta.
- Licencia de operador Químico, otorgada por el Registro Nacional único de Operadores de Sustancias Químicas (según sea el caso).
Estas Instrucciones están referidas en el Capítulo III "Conozca su Cliente" de la prenombrada Resolución 185.01 contentiva de la "Normas sobre Prevención, Control y Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales aplicables a los Entes Regulados por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras".
En la práctica
Son numerosos los mecanismos, técnicas y patrones que utiliza el crimen organizado para cometer sus acciones delictivas en todo el sistema financiero nacional e internacional, y entre los más comunes se encuentran:
- Utilización de productos financieros tales como: préstamos, cheques de gerencia, cheques personales, depósitos, transferencias, arrendamientos financieros, ente otros.
- Adquisición de pólizas de seguros.
- Compra y venta de derivados, certificados de depósito, letras, cheques, entre otros.
- Compra y Venta de productos negociados en el mercado de capitales.
- Cambio de divisas.
- Adquisición de vehículos, inmueble y artículos de lujo.
- Compra de billetes de loterías ganadores.
- Participación en bingos y casinos.
- Custodia y administración de efectivo o valores líquidos a nombre de terceros.
- Operaciones a través del mercado de capitales.
En la medida
Que exista transparencia y veracidad en la información que usted suministre a Banvalor Banco Comercial, C.A. por los referidos conceptos, estaremos fortaleciendo la responsabilidad integral de prevenir que actividades ilegales perturben la imagen de la Institución.
En consecuencia
Unamos esfuerzos para que integralmente podamos enfrentar acciones que reduzcan las potencialidades que desarrollan los entes delictivos en los órdenes económicos, sociales y políticos, por cuanto de nuestras acciones de hoy depende el futuro de las próximas generaciones.



